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5 Errores en el Form G-28 Que Pueden Arruinar Su Caso en 2026 (Form G-28)

3 de septiembre de 2026 FormGuard 9 min de lectura

Un Form G-28 (Notice of Entry of Appearance) con defectos no solo retrasa la capacidad de su abogado para comunicarse con USCIS — también puede hacer que USCIS procese toda su solicitud de beneficio como si usted no tuviera representación, enviando las Solicitudes de Evidencia (RFE) y avisos importantes a una dirección incorrecta mientras sus plazos siguen corriendo.

Esta publicación explica los cinco errores más comunes al presentar el Form G-28 en 2026, qué hace USCIS cuando encuentra cada uno de ellos, y el capítulo específico de política que los rige. También cubre el cambio de política sobre las RFE de agosto de 2026, que hace que un Form G-28 defectuoso sea más peligroso que nunca.

Por FormGuard

Respuesta RápidaLos errores en el Form G-28 — firmas faltantes, edición incorrecta, credenciales de colegiatura incorrectas, más de una casilla de agencia marcada, o presentar el formulario equivocado para asuntos en el extranjero — hacen que USCIS rechace la comparecencia y procese la solicitud de beneficio sin representación reconocida. Bajo la actualización de política de USCIS del 5 de agosto de 2026, los oficiales pueden denegar una solicitud de beneficio incompleta sin emitir una RFE. Cuando el Form G-28 es devuelto, las RFE y los avisos se envían al solicitante, no al abogado. Autoridad aplicable: USCIS Policy Manual, Vol. 1, Part D, Chapters 2 and 4; 8 CFR §§ 292.4, 1.2, 1292.

Por Qué un Form G-28 Devuelto Es Más Peligroso en 2026 Que Antes

Un abogado o representante acreditado debe presentar el Form G-28 (Notice of Entry of Appearance as Attorney or Accredited Representative) para acreditar su elegibilidad de representar a un cliente en un asunto migratorio ante USCIS. Parece sencillo. El peligro surge cuando USCIS no lo acepta.

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USCIS es explícito en sus instrucciones de presentación: si usted no completa correctamente su Form G-28, USCIS no lo aceptará y procesará la solicitud de beneficio como si usted no hubiera presentado el Form G-28. Eso significa que cada aviso — acuse de recibo, RFE, cita para entrevista, denegación — le llega al solicitante, no al abogado. Una RFE con un plazo de respuesta de 30 días enviada a una dirección desactualizada puede resultar en una denegación antes de que usted sepa que la solicitud llegó.

Los riesgos aumentaron el 5 de agosto de 2026. Bajo la nueva orientación de USCIS, los oficiales ahora tienen mayor discreción para denegar una solicitud de beneficio migratorio sin emitir primero una RFE o un NOID si falta la evidencia inicial requerida o si la solicitud no demuestra elegibilidad. Los límites reglamentarios no cambiaron — hasta 12 semanas para una RFE y hasta 30 días para un NOID — pero un oficial ahora puede establecer un plazo más corto. Un defecto en el Form G-28 que deja al solicitante sin representación reconocida en el momento en que un oficial revisa el expediente puede significar que no haya segunda oportunidad.

Error 1: Firma Faltante o Incorrecta — Ahora Con Riesgo de Denegación en Presentaciones en Papel

USCIS, CBP e ICE solo reconocerán un Form G-28 correctamente completado que haya sido firmado tanto por el abogado o representante acreditado como por el cliente. Ambas firmas son obligatorias. Un Form G-28 que le falte cualquiera de las dos es inválido.

Las reglas sobre firmas se endurecieron en 2026. Bajo la regla final provisional del DHS vigente desde el 10 de julio de 2026 (que modifica 8 CFR 103.2(a)(7)), una firma inválida en una solicitud de beneficio presentada en papel puede resultar en una denegación — USCIS retiene la tarifa de presentación y no hay oportunidad de corregirlo. En papel, solo es válida una firma manuscrita con tinta — o una copia escaneada, fotocopia o fax de una firma manuscrita. Para el Form G-28, USCIS considerará válida una fotocopia, fax o copia escaneada de la firma manuscrita original para efectos de presentación. Lo que queda expresamente excluido: nombres escritos a máquina, fuentes cursivas o de caligrafía, sellos de goma, y resultados de plataformas de firma electrónica como DocuSign. Las firmas electrónicas solo son válidas cuando se capturan a través de una cuenta en línea de USCIS durante la presentación en línea.

Un Form G-28 sin ambas firmas es efectivamente inválido. Muchas presentaciones son devueltas simplemente porque una de las partes olvidó firmar o usó un método de firma incorrecto. Si el formulario se presenta en papel, asegúrese de que ambas firmas sean manuscritas y estén fechadas. Fuente: Federal Register, FR Doc. 2026-09289, 11 de mayo de 2026.

Error 2: Fecha de Edición Incorrecta — Devolución Garantizada

A partir de agosto de 2026, la edición actualmente aceptada del Form G-28 lleva la fecha 09/17/18. USCIS ha anunciado que publicará una nueva edición próximamente; mientras tanto, puede seguir usando las ediciones 09/17/18 y 05/23/18 a pesar de su fecha de vencimiento. Cualquier otra edición será devuelta de inmediato.

Si completa e imprime el formulario para enviarlo por correo, asegúrese de que la fecha de edición y los números de página sean visibles en la parte inferior de todas las páginas, y de que todas las páginas pertenezcan a la misma edición del formulario. Si alguna página falta o pertenece a una edición diferente, USCIS puede rechazar su formulario. Esto afecta especialmente a quienes presentan muchos formularios y mezclan páginas de una versión anterior, algo que ocurre fácilmente si reutiliza PDFs guardados. Revise la parte inferior de cada página antes de imprimir.

La fecha de edición está impresa en formato mm/dd/yy en la parte inferior de cada página. Todos los formularios de USCIS incluyen una fecha de edición al pie de cada página, y esa fecha determina si la versión del formulario sigue siendo válida. Siempre descargue una copia actualizada desde uscis.gov/g-28 antes de presentarlo.

Error 3: Credenciales incompletas o incorrectas del abogado o representante

Los abogados deben proporcionar su número de colegiatura y la autoridad específica que les otorgó la licencia en Part 2. Esta información a veces se omite o se ingresa incorrectamente, especialmente cuando el abogado tiene licencia en varios estados. Una información de colegiatura incompleta o inválida puede llevar a USCIS a cuestionar la habilitación del abogado para ejercer, lo que resulta en el rechazo del formulario G-28 y retrasos en la representación.

Las instrucciones del propio formulario establecen que USCIS rechazará cualquier formulario G-28 presentado sin la información requerida en Part 2, Item Numbers 1.a. – 1.d. Para los representantes acreditados, el nivel de exigencia es aún mayor. USCIS no reconoce un formulario G-28 cuando la persona nombrada no figura en el registro EOIR de representantes acreditados. Ese registro lo mantiene la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Inmigración. Si la acreditación venció o la organización del representante perdió el reconocimiento del DOJ, el G-28 es nulo, independientemente de cuán perfectamente esté completado en todo lo demás.

Los notarios públicos, los consultores de inmigración y los asistentes legales no pueden firmar el formulario G-28. No están autorizados para representar a los solicitantes ante USCIS, y un G-28 firmado por alguien sin las credenciales adecuadas será rechazado. El uso de un representante no autorizado puede resultar en la negación del caso, demoras y, en algunos casos, hallazgos de fraude migratorio que conllevan consecuencias permanentes. Según el Manual de Políticas de USCIS Vol. 1, Part D, Chapter 2 (1 USCIS-PM D.2), solo los abogados habilitados para ejercer en los Estados Unidos y los representantes acreditados por la BIA pueden presentar el formulario G-28 por derecho propio.

Error 4: Marcar varias casillas de agencia — un formulario, una agencia

Part 3 del formulario G-28 le pide al representante que indique la agencia del DHS ante la cual comparece: USCIS, ICE o CBP. Las instrucciones indican que solo se debe seleccionar una. En Part 3, quien presenta el formulario debe seleccionar la agencia correspondiente, pero la instrucción "seleccione solo una casilla" se pasa por alto con frecuencia. Marcar varias casillas porque un caso abarca distintas agencias generará errores de procesamiento o el rechazo del formulario. Se debe presentar un formulario G-28 separado para cada agencia y asunto específico.

La misma regla de un formulario por caso aplica dentro de una misma agencia. Se debe presentar un aviso de comparecencia separado por cada caso en el que el abogado o representante acreditado desee comparecer. Si tiene un cliente con un I-485 pendiente, un I-131 relacionado y un I-765 independiente, y los agrupa todos en un mismo paquete con un solo G-28, el registro de representación para cada petición no queda establecido automáticamente — solo el formulario principal al que se adjunta el G-28 queda cubierto.

Error 5: Presentar el formulario G-28 cuando el formulario correcto es el G-28I (o el EOIR-27/EOIR-28)

El formulario G-28 no es universal. Hay dos situaciones específicas que requieren un formulario completamente distinto, y presentar el incorrecto hace que USCIS no reconozca la comparecencia.

Los abogados que no tienen licencia para ejercer en los Estados Unidos deben usar el formulario G-28I, Notice of Entry of Appearance as Attorney in Matters Outside the Geographical Confines of the United States. El formulario G-28I se utiliza para notificar que un abogado admitido a ejercer fuera de los Estados Unidos desea comparecer ante el Departamento de Seguridad Nacional en un asunto fuera de los límites geográficos de los Estados Unidos. Presentar un G-28 estándar en ese contexto —o presentar un G-28I para un asunto interno— resulta en una comparecencia no reconocida.

Para asuntos ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), use el formulario EOIR-27 en lugar del formulario G-28. La Oficina Ejecutiva para la Revisión de Inmigración, el sistema de tribunales de inmigración administrado por el Departamento de Justicia, utiliza un formulario equivalente llamado EOIR-28. Un G-28 presentado ante un tribunal de inmigración no es un aviso de comparecencia válido en ese ámbito, y viceversa. También debe presentar un nuevo formulario G-28 ante la Oficina de Apelaciones Administrativas si está presentando el formulario I-290B, Notice of Appeal or Motion.

Referencia rápida: Tipos de errores en el formulario G-28 y sus consecuencias

Error Acción de USCIS ¿Puede corregirse? Autoridad aplicable
Firma faltante o inválida (formulario en papel) El G-28 no es reconocido; la solicitud de beneficio subyacente puede ser negada (sin devolución del pago) si el defecto de firma también afecta el formulario principal La negación no tiene corrección; se requiere volver a presentar 8 CFR 103.2(a)(7) (eff. 07/10/2026 (10 de julio de 2026)); FR Doc. 2026-09289
Edición del formulario incorrecta Devolución; solicitud de beneficio procesada sin representación Sí — vuelva a presentar con la edición correcta USCIS.gov/g-28 filing tips
Credenciales de abogado faltantes o incorrectas (Part 2) Devolución según las instrucciones del formulario Sí — vuelva a presentar con la información corregida G-28 Instructions, Part 2; 8 CFR 292.4
Se marcaron varias casillas de agencia Error de procesamiento o devolución Sí — presente un G-28 separado por cada agencia G-28 Instructions, Part 3; 1 USCIS-PM D.4
Se usó el G-28 en lugar del G-28I o del EOIR-27/28 La agencia receptora no reconoce la comparecencia Sí — vuelva a presentar con el formulario correcto G-28 Instructions; 1 USCIS-PM D.2; 8 CFR 1.2 & 1292

Qué ocurre con los RFE y los avisos cuando el G-28 es devuelto

Vale la pena explicar la cadena de consecuencias prácticas. Cuando USCIS no reconoce un G-28, el abogado no es parte del expediente. Si el Formulario G-28 está ausente, incompleto, sin firma o contiene errores, las agencias de inmigración pueden devolverlo o negarse a comunicarse con el abogado. Esto puede ocasionar plazos perdidos o retrasos en su caso.

El abogado no puede recibir de forma retroactiva los avisos que ya fueron enviados por correo antes de que se presentara el G-28. Si se emitió un RFE antes de que usted contratara representación, debe proporcionarle a su abogado una copia. Por eso muchos abogados recomiendan presentar el G-28 desde el inicio: garantiza que la información fluya de manera continua desde el comienzo del caso.

La orientación de USCIS del August 5, 2026 agrava esta situación. USCIS también aclaró los plazos de respuesta para los RFE y los NOID: los períodos de respuesta a un RFE pueden ser de menos de 12 semanas, y los períodos de respuesta a un NOID pueden ser de menos de 30 días. No se otorga tiempo adicional para responder. Si un RFE llega a la dirección del solicitante y este no sabe que debe enviárselo a su abogado —o no sabe que tiene un plazo reducido— el caso puede resolverse con un expediente incompleto o ser denegado definitivamente.

Según el Manual de Políticas de USCIS, Vol. 1, Part D, Chapter 4 (1 USCIS-PM D.4), si un solicitante de beneficio cuenta con representación de un abogado o representante acreditado, el expediente debe contener un Formulario G-28 válido. El propósito de estos formularios es establecer la elegibilidad de un abogado o representante acreditado para comparecer y actuar en nombre de un solicitante de beneficio, y para mantener un registro claro de con quién está autorizada la comunicación. No existe ninguna alternativa si el expediente no contiene un G-28 válido: USCIS se comunica directamente con el solicitante, sin excepción.

Acerca de FormGuard: Ayudamos a inmigrantes, patrocinadores y los despachos que los representan a revisar formularios de USCIS en busca de errores antes de presentarlos. Publicamos guías sobre formularios de USCIS, fechas de edición, RFEs y tiempos de procesamiento, actualizadas conforme cambian las políticas de USCIS.

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Revise su G-28 para detectar los errores que hacen que se devuelvan las solicitudes

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Preguntas frecuentes

Si USCIS devuelve nuestro G-28, ¿también devuelve la solicitud o petición subyacente?

No de manera automática, pero las consecuencias son serias en cualquier caso. USCIS procesa la solicitud de beneficio como si no se hubiera presentado ningún G-28, lo que significa que su abogado no tiene reconocimiento oficial en el expediente. Todos los avisos, incluidos los RFE con sus plazos de respuesta, se envían directamente al solicitante. De acuerdo con la actualización de orientación de USCIS del August 5, 2026, los oficiales pueden denegar una solicitud de beneficio sin emitir primero un RFE si falta evidencia inicial; por ello, una presentación que pierde su representante en un momento crítico enfrenta un riesgo real de denegación. Corrija el G-28 y vuelva a presentarlo lo antes posible para que USCIS pueda vincular la representación reconocida al expediente antes de que se emita un aviso.

¿Puede un asistente legal o un notario firmar el Formulario G-28 en nombre de un cliente de inmigración?

No. Según el Manual de Políticas de USCIS, Vol. 1, Part D, Chapter 2 (1 USCIS-PM D.2) y 8 CFR §§ 1.2 y 1292, solo un abogado con licencia activa en un colegio de abogados de un estado de EE. UU., o un representante acreditado por la BIA que trabaje para una organización reconocida por el DOJ, puede firmar y presentar el Formulario G-28 por derecho propio. Los notarios públicos, los consultores de inmigración y los asistentes legales no están autorizados a comparecer ante USCIS, y un G-28 que ellos firmen será devuelto. Más allá de la devolución, el uso de un profesional no autorizado puede dar lugar a una investigación por fraude migratorio con consecuencias a largo plazo para el caso del solicitante.

¿Es necesario presentar un nuevo G-28 para cada formulario dentro de un paquete —por ejemplo, al presentar un I-485 junto con un I-131 y un I-765?

Se debe presentar un G-28 por separado para cada caso o asunto distinto ante USCIS. Cuando un I-485, un I-131 y un I-765 se presentan juntos como un paquete relacionado, el abogado debe incluir un G-28 para cada formulario, a fin de garantizar que la representación quede establecida en cada expediente. El Manual de Políticas de USCIS, Vol. 1, Part D, Chapter 4 establece que se debe presentar un aviso de entrada de comparecencia por separado para cada caso en el que el abogado o representante acreditado desee comparecer. Si se presenta un solo G-28 con el formulario principal, las solicitudes complementarias quedan sin representación reconocida en sus propios expedientes.

¿Puede un nombre escrito a máquina o una firma de DocuSign satisfacer el requisito de firma del G-28 para presentaciones en papel?

No. Según la regla final provisional del DHS que entró en vigor el July 10, 2026 (que modifica 8 CFR 103.2(a)(7)), solo una firma manuscrita con tinta — o un escáner, fotocopia o fax de esa firma — es válida en un Formulario G-28 presentado en papel. Los nombres escritos a máquina, las fuentes cursivas, los sellos de goma y los documentos generados por plataformas de firma electrónica como DocuSign están expresamente excluidos. Un G-28 en papel que contenga cualquiera de estas alternativas se considera inválidamente firmado. Las firmas electrónicas solo son válidas cuando se capturan a través de una cuenta en línea de USCIS durante la presentación en línea. Esta regla aplica tanto a la firma del abogado/representante como a la firma del cliente en el formulario.

Este artículo ofrece información general sobre formularios de USCIS, errores en la presentación de solicitudes de inmigración, RFEs (Requests for Evidence), tiempos de procesamiento de USCIS, verificación de fechas de edición, rechazos de USCIS, y no constituye asesoría legal, médica ni financiera. Las leyes y regulaciones cambian; verifique las reglas vigentes antes de actuar. Para situaciones complejas, consulte a un profesional con licencia en su jurisdicción. Última revisión: September 3, 2026.