Presentar un formulario G-28 (Notice of Entry of Appearance) en una edición desactualizada es una causa directa de devolución — pero el G-28 es uno de los pocos formularios en los que USCIS actualmente acepta más de una edición, por lo que lo importante es verificar qué ediciones están en la lista aceptada, no cuál es la más reciente.
Esta publicación explica cómo encontrar y verificar la fecha de edición actual del G-28, qué ocurre si presenta la versión incorrecta, qué cuenta como una firma válida según las normas que cambiaron en julio de 2026, y un cambio estructural propuesto para el G-28 que los equipos legales y los asistentes jurídicos necesitan conocer ahora.
Para qué sirve el G-28 — y por qué importa la fecha de edición
El Formulario G-28, cuyo título oficial es Notice of Entry of Appearance as Attorney or Accredited Representative, autoriza a un representante legal a comparecer ante las agencias de inmigración de EE. UU. en nombre de un solicitante, peticionario o demandado. Todo abogado o representante acreditado que comparezca ante el DHS debe presentar el Formulario G-28 en cada caso.
USCIS, U.S. Customs and Border Protection (CBP) y U.S. Immigration and Customs Enforcement (ICE) solo reconocerán un Formulario G-28 debidamente completado, firmado tanto por el abogado o representante acreditado como por el cliente. Sin un G-28 correctamente ejecutado en un caso determinado, USCIS (u otros organismos del DHS) puede negarse a reconocer su representación, lo que significa que es posible que usted no reciba avisos importantes ni pueda actuar en nombre de su cliente.
Cada formulario de USCIS incluye una fecha de edición impresa en la parte inferior de cada página. Esa fecha determina si la versión del formulario sigue siendo válida. Presentar un formulario con una edición desactualizada es una causa real de rechazo: USCIS lo considera un defecto de presentación y no procesará el caso asociado a ese G-28.
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La Fecha de Edición Vigente del G-28 y Cómo Verificarla
La fecha de edición impresa en el Formulario G-28 actual es 09/17/18, y USCIS indica en su propia página del G-28 que seguirá aceptando también la edición 05/23/18, a pesar de la fecha de vencimiento impresa en el formulario. Ambas son presentaciones válidas hoy. USCIS ha indicado que publicará una nueva edición del Formulario G-28 "próximamente", pero no ha anunciado una fecha de edición ni un plazo límite, por lo que aún no hay una fecha de transición que deba tener en cuenta. Vuelva a verificar uscis.gov/g-28 antes de presentar su solicitud.
No confíe en un PDF guardado en su escritorio, en un programa externo para llenar formularios, ni en una versión que su oficina descargó hace varios meses. Descargue siempre el formulario directamente desde uscis.gov — la página del G-28 de USCIS fue revisada por última vez el 06/03/2026 (3 de junio de 2026). La fecha de edición se encuentra en la parte inferior de la página, tanto en el formulario como en las instrucciones.
Si completa e imprime el formulario para enviarlo por correo, asegúrese de que la fecha de edición y los números de página sean visibles en la parte inferior de todas las páginas. Si alguna página del formulario falta o pertenece a una edición diferente, USCIS podría rechazar su formulario. La fecha de edición debe coincidir en todas las páginas, y todas las páginas deben ser de la misma edición. Si una página pertenece a una edición distinta, el formulario puede ser rechazado.
Comparación de Fechas de Edición: Lo que USCIS Acepta en 2026
La tabla a continuación muestra qué ediciones acepta USCIS hoy para el G-28 y para dos formularios que sirven de contraste útil: uno con una sola edición vigente, y otro en proceso de cambio con un período de gracia. Cada fila fue verificada en la página propia de ese formulario en uscis.gov.
| Formulario | Ediciones que USCIS acepta hoy | Cuándo cambia eso |
|---|---|---|
| G-28 (Notice of Entry of Appearance) | 09/17/18 y 05/23/18 | Sin plazo límite anunciado. USCIS indica que una nueva edición está por llegar, pero no ha publicado ninguna fecha. |
| I-129 (Petition for Nonimmigrant Worker) | 02/27/26 | No se ha anunciado ninguna edición sucesora. |
| I-589 (Application for Asylum) | 07/28/26 | Actualizado el 28 de agosto de 2026 — la edición anterior 01/20/25 ya no se acepta. |
Verifique la página propia del formulario en uscis.gov antes de cada presentación. No existe una regla única para todo el sitio: USCIS retira algunas ediciones en una fecha fija del calendario sin período de gracia, a otras les da un período de gracia, y — como ocurre con el G-28 — a veces mantiene dos ediciones aceptables de manera indefinida.
Reglas de Firma para el G-28: Qué Cambió el 10 de julio de 2026
El G-28 siempre ha requerido la firma tanto del representante como del cliente. Sin embargo, un cambio importante en las reglas eleva considerablemente las consecuencias de cometer un error en esa firma. El 11 de mayo de 2026, el DHS publicó una regla final interina (IFR, por sus siglas en inglés) titulada "Signatures on Immigration Benefit Requests." La regla entró en vigor el 10 de julio de 2026 y modifica 8 C.F.R. § 103.2(a)(7)(ii)(A) para otorgar a los oficiales de USCIS autoridad discrecional explícita para rechazar o denegar una solicitud de beneficio que la agencia determine posteriormente fue presentada sin una firma válida, incluso si la presentación pasó el proceso de recepción inicial en el Lockbox de USCIS.
Antes de esta regla, un problema de firma generalmente resultaba en el rechazo del caso y la devolución de la tarifa de presentación. Ahora, las consecuencias pueden ser peores. Un rechazo significa que se devuelve la tarifa y el peticionario puede volver a presentar el caso. Una denegación significa que la tarifa no se devuelve, el caso se considera completamente resuelto en contra del peticionario, y la única opción disponible es presentar una apelación mediante el Formulario I-290B (Notice of Appeal or Motion) o una nueva solicitud con una nueva tarifa. Bajo la nueva regla, esa decisión corresponde al oficial de USCIS. No existe ningún mecanismo para subsanar el error.
Para los G-28 presentados en papel, solo es válida una firma manuscrita con tinta — o un escaneo, fotocopia o fax de dicha firma. Para el Formulario G-28, USCIS considerará válida para efectos de presentación una copia fotocopiada, enviada por fax o escaneada de la firma manuscrita original. Los nombres escritos a máquina, las fuentes cursivas, los sellos de firma y las firmas generadas por software de firma electrónica como DocuSign no son válidos para presentaciones en papel. Las firmas electrónicas solo son válidas cuando se capturan a través de una cuenta en línea de USCIS durante una presentación electrónica.
Los cambios en las reglas de firma se reflejan en las actualizaciones del Manual de Políticas de USCIS en el Volume 7, Part A, Chapter 3 (Filing Instructions) — específicamente, el DHS publicó una regla final interina el 11 de mayo de 2026 para aclarar los procedimientos de USCIS relacionados con el rechazo o la denegación de solicitudes de beneficios que no cumplen los requisitos reglamentarios, con el fin de garantizar un mejor cumplimiento de los requisitos de firma. Véase 91 FR 25479 (May 11, 2026).
Quién Puede Presentar un G-28 — y la Propuesta de Designación para Paralegales que Usted Debe Conocer
El Formulario G-28 es utilizado únicamente por abogados y representantes acreditados según lo definido en 8 CFR parts 1.2 and 1292. Un representante es un abogado o representante acreditado — o un estudiante de derecho o egresado de derecho supervisado por el abogado o representante acreditado — designado en una notificación de comparecencia debidamente ejecutada. Según el Manual de Políticas de USCIS Vol. 1, Part D, Chapter 2 (Representation), este es el marco de referencia oficial que rige quién puede actuar en un G-28.
Los abogados que no tienen licencia para ejercer el derecho en los Estados Unidos deben usar el Formulario G-28I (Notice of Entry of Appearance as Attorney in Matters Outside the Geographical Confines of the United States). Estos abogados solo pueden representar a personas en asuntos presentados y resueltos en oficinas del DHS fuera de los Estados Unidos.
Los asistentes legales (paralegals) no pueden presentar el Formulario G-28 de forma independiente. Sin embargo, hay un cambio estructural en curso que los equipos legales deben seguir de cerca: una revisión propuesta al Formulario G-28 eliminaría la posibilidad de que las personas designen a un asistente legal para comunicarse sobre sus casos de inmigración. La propuesta se publicó el 25 de julio de 2025. USCIS anunció treinta días adicionales para comentarios del público, con plazo hasta el 12 de enero de 2026. Al momento de escribir esto, USCIS no ha publicado una regla final que implemente esta eliminación, pero los equipos legales que dependen del campo de designación de asistente legal deben estar atentos a la página de actualizaciones de formularios de USCIS para detectar cualquier nueva edición del G-28 que lo elimine.
Dónde presentar el G-28 y qué sucede después de enviarlo
Presente el Formulario G-28 junto con la solicitud, petición o apelación correspondiente. Asegúrese de enviarlo a la misma oficina de USCIS que maneja el caso principal. Si su caso ya está pendiente en una oficina de campo o centro de servicio específico, el G-28 debe ir a esa misma oficina. Si presenta en línea a través de myUSCIS, USCIS acepta el envío electrónico a través del portal de cuenta de myUSCIS, donde los abogados y representantes acreditados pueden vincular sus cuentas a los casos de sus clientes, recibir notificaciones electrónicas y subir documentos de apoyo.
No hay tarifa de presentación para el Formulario G-28. USCIS, CBP e ICE reconocerán el Formulario G-28 hasta la conclusión del asunto para el que fue presentado, salvo notificación en contrario. Debe presentar un nuevo Formulario G-28 ante la Administrative Appeals Office si está presentando el Formulario I-290B (Notice of Appeal or Motion). Asimismo, para asuntos ante la Board of Immigration Appeals (BIA), use el Formulario EOIR-27 en lugar del Formulario G-28.
Si la representación cambia durante el caso, si más adelante cambia de representante o si la dirección del abogado cambia, presente un nuevo G-28 o envíe un cambio de dirección para su estado de representación. USCIS no actualiza la representación automáticamente — se requiere un nuevo G-28 en la edición vigente.
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Preguntas frecuentes
¿Dónde exactamente encuentro la fecha de edición en el Formulario G-28?
La fecha de edición está impresa al pie de cada página del formulario y de sus instrucciones. En el caso del G-28, búsquela en el pie de página inferior izquierdo o inferior central de cada página. USCIS actualmente acepta dos ediciones del Formulario G-28 — 09/17/18 y 05/23/18 — y así lo indica en uscis.gov/g-28, a pesar de la fecha de vencimiento impresa en el formulario. Todas las páginas que imprima o presente deben mostrar la misma fecha de edición — mezclar páginas de distintas ediciones es una causa de devolución. Siempre descargue una copia nueva directamente desde uscis.gov/g-28 en lugar de reutilizar un archivo guardado.
¿Puede un asistente legal firmar o presentar el G-28 en nombre del abogado?
No. El Formulario G-28 debe ser firmado personalmente por el abogado o representante acreditado, y también por el cliente. Un asistente legal no puede firmar ni presentar un G-28 de forma independiente conforme a 8 CFR parts 1.2 y 1292 — solo los abogados y representantes acreditados están autorizados para hacerlo. Un estudiante de derecho o un egresado de derecho puede figurar en un G-28 presentado por un abogado supervisor, pero ese estudiante o egresado debe firmar el mismo formulario en la sección designada. A principios de 2026, USCIS también propuso eliminar por completo el campo de designación de asistente legal en futuras ediciones del G-28 — consulte uscis.gov/forms/forms-updates para conocer cualquier nueva edición.
¿Qué sucede si uso la edición incorrecta (desactualizada) del G-28?
USCIS puede devolver el formulario G-28 en sí, aunque en algunos casos históricos aceptó la presentación principal mientras rechazó el G-28. Usar una edición incorrecta puede hacer que USCIS no reconozca la representación en esa presentación, lo que puede resultar en que los avisos lleguen a una dirección equivocada y que su abogado quede excluido de las comunicaciones. Para el Formulario G-28 específicamente, USCIS todavía acepta tanto la edición 09/17/18 como la 05/23/18, y ha anunciado una nueva edición sin dar una fecha, por lo que ninguna de esas dos está desactualizada hoy. Descargue la versión actual desde uscis.gov/g-28, verifique la fecha de edición en el pie de página de cada página y confirme que todas coincidan antes de enviar por correo.
Mi abogado usó DocuSign en el G-28 en papel. ¿Es válido después del 10 de julio de 2026?
No — las firmas generadas por DocuSign y otros programas de firma electrónica no son válidas en formularios G-28 presentados en papel, conforme a la regla final provisional del DHS vigente desde el 10 de julio de 2026 (8 CFR 103.2(a)(7)(ii)(A), 91 FR 25479). Una firma válida en papel debe ser una firma manuscrita con tinta, o una fotocopia, escaneo o fax de una firma así. Si los adjudicadores de USCIS descubren una firma inválida después de recibir el formulario, ahora tienen autoridad expresa para denegar — no solo rechazar — la presentación, retener la tarifa y no ofrecer oportunidad de corrección. Las firmas electrónicas solo son válidas cuando se capturan a través de una cuenta en línea de USCIS durante la presentación en línea. Pida a su abogado que firme nuevamente con tinta y vuelva a presentar si tiene alguna duda.